Convenio de pago con la Tesorería: cómo pagar en cuotas una deuda de impuestos siendo una pyme

cómo pagar en cuotas una deuda de impuestos siendo una pyme

Una deuda de impuestos sin pagar no se queda quieta. Suma reajustes, intereses y multas, y puede terminar en cobro, embargo o impedimentos para hacer trámites con el Estado. Antes de llegar ahí existe una salida que muchas pymes no conocen o usan tarde: el convenio de pago con la Tesorería General de la República.

Qué es y para qué sirve

Es un acuerdo con la Tesorería General de la República que permite dividir una deuda fiscal en cuotas mensuales. Según la ficha oficial de ChileAtiende, aplica a deudas fiscales y territoriales. En vez de pagar todo de golpe, el contribuyente se compromete a un calendario, con lo que puede ordenar su flujo de caja y evitar acciones de cobro.

Quién puede acceder

De acuerdo con un resumen del marco legal de estos convenios, los requisitos de base son:

  • Deuda mínima igual o superior a 1 UTM.
  • Identificación con ClaveÚnica, clave tributaria del SII o cédula de identidad si el trámite es presencial.
  • No tener exclusiones vigentes del SII o de la Tesorería.

No pueden acceder, entre otros casos, quienes estén bajo investigación o proceso por delitos tributarios, hayan sido sancionados por infracciones graves o no hayan comparecido tras notificaciones del SII.

Tipos de convenio

TipoCaracterísticas
Convenio tradicionalDeuda dividida en cuotas mensuales iguales, hasta 24 meses
Convenio especialPara quienes acreditan una situación económica difícil; requiere evaluación presencial de sus finanzas
Convenio para pymesSegún el mismo resumen, existen plazos de 18 meses con un pie de entre 2% y 5%
Plazos extendidosHay modalidades de hasta 48 cuotas, según el programa vigente

Fuente: elaboración propia con información de Águila y Cía. y Diario Estrategia.

Las condonaciones: aprovecharlas a tiempo

Cuando la ley de cumplimiento tributario entró en vigencia, la Tesorería ofreció, según Diario Estrategia, la condonación del 100% de multas e intereses al firmar un convenio, con hasta 48 cuotas y un pie que dependía de la antigüedad de la deuda. El trámite se hacía desde un botón especial en la Oficina Virtual de la Tesorería.

Este tipo de beneficios son temporales y suelen tener fecha límite y condiciones por tramo de deuda. Antes de contar con ellos hay que confirmar en el sitio de la Tesorería o del SII si siguen disponibles, porque una condonación vencida puede ser la diferencia entre un convenio liviano y uno costoso.

Cuándo se cae el convenio

Un convenio no es definitivo. Según el resumen consultado, puede terminar si el contribuyente entrega información falsa, no paga la cuota final o incumple varias cuotas. Para los convenios posteriores a 2018, se menciona el atraso de tres o más cuotas; para los anteriores, dos consecutivas o cuatro alternadas. Si se cae, la deuda vuelve a ser exigible y la Tesorería puede retomar el cobro.

Antes de firmar

  • Calcula la cuota con el resto de tus obligaciones: IVA, PPM y remuneraciones siguen venciendo cada mes.
  • Elige un plazo que puedas sostener, no el más corto que logres imaginar.
  • Revisa las exigencias del pie y de cada vencimiento.
  • Mantén al día los impuestos corrientes: un nuevo atraso puede complicar el convenio.
  • Guarda los comprobantes de cada pago.

Preguntas frecuentes

¿Desde qué monto puedo pedir un convenio?

Según el resumen consultado, la deuda debe ser de al menos 1 UTM.

¿Dónde se solicita el convenio?

En el sitio de la Tesorería General de la República o de forma presencial, con identificación válida.

¿Qué pasa si dejo de pagar las cuotas?

El convenio puede caducar. La deuda vuelve a ser exigible y la Tesorería puede retomar el cobro.

¿Se pueden condonar intereses y multas?

Existieron campañas de condonación con plazos y condiciones específicas. Hay que verificar si hay alguna vigente en el momento de solicitar el convenio.